Friday 25 November 2011

Hacienda apunta a los alquileres en B

Hacienda apunta a los alquileres en negro de apartamentos turísticos


Los datos de las eléctricas harán aflorar la última gran bolsa de fraude inmobiliario - Administradores de fincas recomiendan a sus clientes ponerse al día con el fisco - Incluir la referencia catastral saca a la luz 340.000 alquileres sumergidos en 4 años


“La última gran bolsa de fraude del sector inmobiliario”, según la califican los técnicos del ministerio de Hacienda, el alquiler no declarado de viviendas por periodos cortos y para usos turísticos, tiene los días contados: el cruce de las referencias catastrales con los datos de consumo eléctrico que desde marzo envían las compañías eléctricas a la Agencia Tributaria va a hacer aflorar miles de pisos aparentemente vacíos. Por ello los agentes inmobiliarios recomiendan ya incluir esos ingresos en el actual IRPF.


“Hace ya algunos años que quienes tienen un piso arrendado todo el año lo declaran: los inquilinos deben incluir la referencia catastral de su vivienda en el IRPF, por lo que es muy arriesgado no hacerlo, y además hay muchas ventajas fiscales, para el inquilino y para el propietario, que puede deducirse hasta el 100% de las rentas”, señala Josep Maria Gual, presidente de Fincas Gual, una de las mayores administraciones de fincas de Barcelona. En cambio “es muy raro que se declare el alquiler de un apartamento de costa, que aunque sea por periodos cortos puede reportar buenas rentas”, de más de 3.000 euros en agosto y un 40% más baratas el resto del verano.


Jordi Tomás, consejero delegado de la inmobiliaria Guinot Prunera, corrobora que el alquiler estacional apenas se declara. “La normativa es incluso difícil de cumplir: para cualquier alquiler de vivienda hay que depositar una fianza mínima de un mes en el Incasol, dos meses después de firmar el contrato, pero ese tipo de alquileres son a menudo por semanas, por lo que la fianza sería mayor que la renta y cuando habría que depositarla el alquiler ya habría concluido”, asegura.


En España hay cerca 3 millones de viviendas de segunda residencia de costa, que sus propietarios usan generalmente unas pocas semanas al año y que aprovechando las facilidades que aporta hoy internet pueden alquilar el resto del año. “No se firma contrato, sino a lo sumo una declaración de inventario que se rompe a la salida, y tampoco hay fianza”, explica Gual. Y, al menos hasta ahora, “el propietario podía alegar que tenía la vivienda para uso propio”.


Pero además, según la asociación profesional de Técnicos de Hacienda Gestha, otros 1,2 millones de viviendas no principales (un 45% del total) se declaran como vacías, y son susceptibles de estar siendo alquiladas “en negro” o bien cedidas a amigos y familiares que no declaran su uso como ingreso en especie. Gestha considera que los propietarios de esas viviendas son principalmente “personas que cambiaron de casa y alquilan la antigua para pagar la hipoteca de la vivienda nueva o personas mayores que completan su pensión con un alquiler” y que desconocen los nuevos controles de la Agencia Tributaria tanto como las ventajas fiscales de declarar el alquiler. El casero puede desgravar los intereses del crédito, si está pagando una hipoteca, gastos de conservación, seguro, el IBI y la comunidad de propietarios, el 10% de los gastos de mejora, el 2% del valor del inmueble como desgaste, bonificaciones de hasta el 100% en función de las características del inquilino y, finalmente, reducirse el 50% del rendimiento neto si el inmueble es una vivienda.


Para la Agencia Tributaria, los 1,3 millones de declarantes de ingresos por alquiler en el IRPF en 2004 subieron a 1,6 millones en 2008, 340.000 más (un 25,4%). Ese año, entró en vigor la desgravación por alquiler para los inquilinos con ingresos inferiores a 24.000 euros anuales, que se aplicaron 502.440 personas.

Rosa Salvador, La Vanguardia

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