Sunday, 6 November 2011

Como alquilar tu casa

Alquiler para vivienda, o por estancias cortas?


"Para el propietario, existen importantes diferencias entre alquilar su propiedad, por larga duración (como vivienda habitual) o por cortas estancias (regulado como alquiler con uso distinto de vivienda):


ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA O LARGA DURACIÓN.

- La característica fundamental es la duración mínima, que salvo expresa renuncia notificada por el arrendatario, se prolongará hasta 5 años. Durante estos años, la subida del alquiler no será normalmente más del IPC. Además, en caso de impago de rentas, la ley protege al inquilino, ofreciendo incluso posibilidades para evitar el desahucio. Por otro lado, el Juicio por Desahucio con reclamación de rentas, además de caro y largo, no ofrece absolutas garantías respecto de recuperar su propiedad en breve plazo ni recuperar las rentas reclamadas. El inquilino, según ley, tendrá derecho a la adquisición preferente de la vivienda, en caso de que se quiera su venta. Por otro lado, los gastos de luz, agua y comunidad de propietarios, así como, previo pacto, los tributos, corresponderán al inquilino.


ARRENDAMIENTO POR CORTAS ESTANCIAS O PARA USO DISTINTO DE VIVIENDA.

- Existe mayor libertad de pactos, partiendo de la indiferencia en cuanto a su duración. Normalmente, se renunciará por el inquilino a los derechos que le corresponderían en un alquiler de vivienda, y será el propietario quien abone los gastos de la propiedad, durante la estancia. Hay que tener en cuenta también lo poco conflictivos que resultan estos arrendamientos, donde normalmente el precio se abona a la llegada, y a la salida existe la posibilidad de guardar la fianza en caso de algún desperfecto.


En definitiva, si usted quiere o necesita disponer de su vivienda ocasionalmente, y no verse ligado por las grandes implicaciones legales de alquilar su propiedad como vivienda, su mejor opción es el emergente negocio de los alquileres por corta estancia. Más aún, cuando cada vez son más las webs que con todas las garantías, como globexs.com, se encargan de buscar inquilinos y gestionar todo el proceso del alquiler."

Saturday, 29 October 2011

Pasaporte belga en España

scrol down for English, French and German Version

Biometrisch paspoort

Beste landgenoten,

Met ingang van 1 december 2011 zullen Belgische paspoorten die op de Consulaat van België te Alicante worden afgegeven, aan de nieuwe Europese veiligheidsnormenvoldoen. Enerzijds zullen ze de vingerafdrukken van hun houder bevatten, anderzijds zullen de gebruikte pasfoto’s moeten voldoen aan strengere criteria dan voorheen.

Om die redenen zal het nodig zijn dat u zich persoonlijk aanbiedt op de Consulaat bij de indiening van uw paspoortaanvraag.

Drie belangrijke mededelingen:

  1. Indien u reeds over een geldig paspoort beschikt mag u dit uiteraard zonder beperking tot de vervaldatum gebruiken.
  2. Als u een Belgische identiteitskaart heeft, dan kan u daarmee reizen in een vijftigtal landen. De Consulaat geeft deze identiteitkaart af aan de Belgen die ouder zijn dan 12 jaar en op de post ingeschreven. U kan de identiteitskaart per brief aanvragen en die is veel goedkoper dan een paspoort. Voor meer informatie verwijzen we u graag naar onze website.
  3. Om verplaatsingen te vermijden zal uw paspoort, wanneer het klaar is, op uw verzoek per post toegestuurd worden.

Sommigen van u hebben in de voorbije maanden al deelgenomen aan de testfase voor de aanvraag van een biometrisch paspoort (met afname van de foto, vingerafdrukken en handtekening in onze kantoren). Hoewel de vingerafdrukken nog niet op de chip van het paspoort opgeslagen werden, heeft die testfase toch veel nuttige informatie opgeleverd. Wij staan er dan ook op u uitdrukkelijk te bedanken voor uw deelname en voor uw positieve reacties.

We zijn ons wel degelijk bewust van de moeilijkheden die deze nieuwe maatregel zal veroorzaken. We zullen dan ook ons best doen om de gevolgen ervan zo beperkt mogelijk te houden.

Niettemin zijn we voor het verder optimaliseren van de veiligheid van onze paspoorten aangewezen op uw medewerking. We rekenen erop dat u tijdig de nodige stappen onderneemt voor het aanvragen of hernieuwen van uw paspoort.

U vindt een aantal nuttige verduidelijkingen over biometrie in onze brochure.

Als u nog vragen hebt, dan zullen de medewerkers van de consulaire afdeling hierop graag antwoorden.

Met vriendelijke groeten,

Jan De Bock

Ambassadeur

Edificio Carbonell, Explanada de España 1, 5° 03002 Alicante +34 965 929 147
Alicante@diplobel.fed.be
paspoort.belgium.be


Passeport biométrique

Chers compatriotes,

A partir du 1er décembre 2011, les passeports belges délivrés par le Consulat de Belgique à Alicante répondront à de nouvelles normes de sécurité européennes. D’une part, ils intègreront les empreintes digitales de leur détenteur, d’autre part les photos d’identité utilisées devront satisfaire à des critères de qualité plus stricts qu’auparavant.

Pour ces raisons, il sera nécessaire de vous présenter en personne au Consulat lors de l’introduction de votre demande de passeport.

Trois informations importantes :

  1. Si vous disposez déjà d’un passeport en cours de validité, celui-ci reste évidemment utilisable sans restriction jusqu’à sa date d’expiration.
  2. Sachez par ailleurs que si vous êtes titulaire d’une carte d’identité belge, celle-ci vous permet de voyager dans une cinquantaine de pays. Cette carte est délivrée par le Consulat aux Belges de plus de 12 ans qui y sont inscrits. Elle peut être demandée par courrier, ne reprend pas vos données biométriques et coûte nettement moins cher qu'un passeport. Pour plus d’informations, consultez notresite internet.
  3. Pour éviter les déplacements, une fois votre passeport prêt, il pourra vous êtreenvoyé par courrier si vous en formulez la demande.

Au cours de ces derniers mois, certains d’entre vous ont déjà participé à la phase testpour la demande d’un passeport biométrique (avec enregistrement de la photo, des empreintes digitales et de la signature dans nos locaux). Bien que les empreintes n’aient pas encore été reprises sur la puce du passeport, cette phase test nous a permis de récolter des informations très utiles. Nous tenons donc à vous remercier vivement pour votre participation ainsi que pour vos réactions positives.

Nous sommes bien conscients des contraintes que susciteront ces nouvelles mesures et nous ferons de notre mieux pour en minimiser la portée.

Cependant, le renforcement de la sécurité de nos passeports requiert la pleine collaboration de nos citoyens. Nous comptons donc sur votre coopération, notamment pour entreprendre à temps les démarches afin de demander ou renouveler votre passeport.

Vous trouverez un certain nombre d’informations utiles concernant la biométrie dansnotre brochure.

Si vous aviez encore des questions, le personnel de notre section consulaire se fera un plaisir d’y répondre.

Cordialement,

Jan De Bock

Ambassadeur

Edificio Carbonell, Explanada de España 1, 5° 03002 Alicante +34 965 929 147
Alicante@diplobel.fed.be
passeport.belgium.be

Biometrischer Reisepass

Liebe Landsleute,

Vom 1/12/2011 an werden die vom belgischem Konsulat in Alicante ausgestellten belgischen Reisepässe den neuen europäischen Sicherheitsstandards entsprechen. Einerseits werden sie die Fingerabdrücke ihres Inhabers beinhalten, andererseits unterliegen die Passfotos strengeren Anforderungen als bisher.

Aus diesen Gründen werden Sie persönlich bei dem Konsulat vorstellig werden müssen, um einen Reisepass zu beantragen.

Drei wichtige Informationen :

  1. Sind Sie bereits im Besitz eines gültigen Reisepasses, dann bleibt dieser selbstverständlich ohne Einschränkungen bis zum Gültigkeitsdatum gültig.
  2. Sind Sie Inhaber eines belgischen Personalausweises, vergessen Sie dann nicht, dass Sie damit in etwa fünfzig Länder reisen können. Das Konsulat stellt Personalausweise aus für Belgier, die bei ihm eingetragen sind und das zwölfte Lebensjahr vollendet haben. Sie können den Personalausweis per Post beantragen, da er keine biometrischen Daten enthält und sehr viel weniger als ein Reisepass kostet. Weitere Informationen finden Sie auf unserer Webseite.
  3. Um eine zweite Anreise zu vermeiden, kann Ihnen der Reisepass, nach Fertigstellung, auf Wunsch auch per Post zugestellt werden.

Einige von Ihnen haben in den vergangenen Monaten bereits an der Testphase für die Beantragung eines derartigen biometrischen Reisepasses teilgenommen, und haben in unseren Räumlichkeiten ihr Lichtbild, ihre Fingerabdrücke und Unterschrift registrieren lassen. Obwohl während dieser Testphase die Fingerabdrücke noch nicht im Chip des Passes gespeichert wurden, konnten Dank dieser Phase nützliche Informationen gesammelt werden. Deshalb liegt es uns besonders am Herzen Ihnen für Ihre Teilnahme an dieser Testphase und die positiven Reaktionen zu danken.

Wir sind uns dessen bewusst, dass die neuen Maßnahmen Fragen aufwerfen und Zwänge mit sich bringen. Wir werden uns bemühen, die Folgen so weit wie möglich zu begrenzen.

In diesem Zusammenhang sind wir allerdings auf die Unterstützung unserer Landsleute angewiesen. Wir setzen auf Ihre Zusammenarbeit, u.a. durch eine rechtzeitige Beantragung Ihres Reisepasses.

Nützliche Informationen über Biometrie finden Sie in unserer Broschüre.

Das Personal der konsularischen Abteilung wird weitere Fragen gerne beantworten.

Mit freundlichen Grüßen

Jan De Bock

Botschafter

Edificio Carbonell, Explanada de España 1, 5° 03002 Alicante +34 965 929 147
Alicante@diplobel.fed.be
reisepass.belgium.be

Biometric passport

Dear fellow countrymen and women,

As from December, 1st 2011, the Belgian passports that will be issued by the Consulate of Belgium in Alicante will meet the new European security requirements. As such they will contain the fingerprints of their holder. Furthermore, passport photographs will be subjected to stricter quality criteria than before.

For those reasons, it will be necessary for you to come in person to the Consulate to submit your application.

Three important points to be noted:

  1. If your current passport is still valid you can of course continue to use it until its expiry date.
  2. If you already have a Belgian identity card, it allows you to travel to about 50 countries. This identity card is issued by the Consulate to the Belgians older than 12 who are registered in the consular records. You can apply for such a card by post since it does not contain any biometrics data. For more information, please visit our website.
  3. To avoid further journeys, your passport, when ready, will be sent to you by post at your request.

In the last few months, some of you might already have applied for a biometric passport during the trial period (with photo, finger prints and signature taken in our offices). Although the fingerprints were not yet registered on the chip of the passport, this trial period provided us with a lot of useful information. Therefore, we insist on thanking you for your participation in these trials and for your positive reactions.

To achieve the objective of enhancing passport security, your full cooperation is needed, which entails, among other things, applying for a new passport or renewing your passport in a timely manner.

You will find some useful information about biometrics in our brochure.

Our Consular Staff will be at your disposal for any further questions you may have.

Best regards,

Jan De Bock

Ambassador

Saturday, 3 September 2011

Hipoteca: hasta cuanto alcanza mi responsabilidad?

YA NO PUEDO PAGAR LA HIPOTECA... AHORA QUÉ?

Uno de los múltiples y más graves problemas colaterales que está causando la crisis económica en nuestro país es la gran dificultad de muchos compradores de vivienda para hacer frente a sus hipotecas.

El paro o el descenso de ingresos suficientes da lugar a que muchos que nunca pensaron verse en una situación tan desesperada vean amenazada su vivienda, y ya no sólo eso, sino su liquidez personal practicamente de por vida.


Y es que, al contrario de lo que ocurre en otros paises, en España, la deuda con la entidad bancaria no queda saldada con la entrega de la vivienda, sino que el comprador responde con todos sus bienes presentes y futuros de la cantidad total del préstamo solicitado en su momento, más los interminables intereses que aquella cantidad devenga. La situación se convierte en insostenible requiriendo de una urgente reforma legal, intensamente exigida ya por las distintas organizaciones sociales y obreras.

A la espera de próximos posts con más información sobre el tema y vuestras opciones si os veis en una situación como ésta o similar, os dejo un interesantísimo link a un artículo publicado por la edición digital de El Mundo sobre este tema:




Friday, 26 August 2011

Frente al ruido...

LA INSOLIDARIDAD FRENTE AL RUIDO

El Ayuntamiento de Alicante ha anunciado este verano que, si persisten las quejas de los vecinos por ruidos en la zona centro de la ciudad, ocasionadas por la aglomeración de locales de ocio y multitud de gente congregada en la zona hasta altas horas de la madrugada, procederá a limitar el horario de los locales.

Aunque se trataría de una medida paliativa, que no solución, al intenso problema que viven los residentes del casco antiguo, es aplaudida por éstos ya que supone un primer efecto de la presión ejercida para que se resuelva su desesperante situación.

Sin embargo, lo que más sorprende es la falta de solidaridad del resto de personas que no se ven afectadas por este problema. En una breve encuesta realizada por el Periódico INFORMACIÓN y publicada en su edición digital, se observa que sólo las personas residentes en la zona son afines a la adopción de esta medida, mostrándose contrarios el resto de encuestados por diversas y no siempre defendibles razones, o al menos no del peso suficiente como para justificar la privación del derecho al descanso de los afectados.

Olvidan que se trata de medidas a la larga favorables para el bienestar de todos los ciudadanos, y que como acertadamente afirma una señora, “no puede prevalecer el derecho al ocio sobre el derecho al descanso”.

Os dejo el link de la encuesta. No dudeis en dejar vuestros comentarios.
http://videos.diarioinformacion.com/alicante/20110713/ayuntamiento-restringira-horario-los-vecinos-quejan-del-ruido-24035.shtml






Wednesday, 3 August 2011

Agosto... laboral

PUEDO HACER ALGO EN AGOSTO??? MATERIA LABORAL

¿Y qué pasa si me despiden?

¿se puede tramitar mi demanda por improcedencia en agosto?

¿puede celebrarse este mes la vista?

El Ilmo. Sr. Juez Decano de Madrid, en relación al Ámbito Social, y con aplicación analógica para el resto de juzgados de España, en Acuerdo Gubernativo Nº 889/2009, de 28 de mayo ha señalado:

"En virtud de lo dispuesto en el art. 183 LOPJ, durante el mes de agosto, solamente se recepcionarán y repartirán las demandas en que se insten procedimientos para los que, con arreglo al artículo 43.4 LPL, el mes de agosto es hábil. Es decir, demandas en las que queden planteadas las siguientes cuestiones:

- Consignaciones del artículo 56 ET,
- Despido,
- Extinción del contrato de trabajo de los artículos 50 y 52 ET,
- Vacaciones,
- Materia electoral,
- Conflictos colectivos,
- Impugnación de convenios colectivos,
- Tutela de libertad sindical y demás derechos fundamentales.
- Permisos por lactancia y reducción de jornada por motivos familiares, debido a su carácter urgente.
- Solicitud de adopción de medidas a que se refiere el art. 43 de la LPL ("actuaciones que tiendan directamente a asegurar la efectividad de los derechos reclamados o que, de no adoptarse, puedan producir un perjuicio de difícil reparación").
- Presentación de todos los escritos y exhortos dirigidos a la Jurisdicción Social."


La habilidad de agosto para estas modalidades procesales, se extiende a todas las fases del proceso, tanto en primera instancia, en vía de recurso, y en ejecución de sentencia, incluso a la fase de ejecución de conciliación extrajudicial. Igualmente, es hábil el mes de agosto para reclamar por error judicial.

Para el resto de materias en el ámbito laboral, el mes de agosto será inhábil.

Como siempre, si necesitáis aclaraciones o más información al respecto, contactad conmigo o comentad el post. Recordad que aquí no cerramos en agosto…

Tuesday, 2 August 2011

Agosto... penal


PUEDO HACER ALGO EN AGOSTO??? MATERIA PENAL

El colegio de abogados de Madrid emitió hace unos días un informe de referencia para todos los Juzgados españoles sobre las actuaciones que es posible realizar durante el mes de agosto en los distintos ámbitos jurisdiccionales.

Habiendo estudiado el ámbito civil, y sobre todo los temas de Familia, que tantos quebraderos de cabeza traen en estos días, pasemos a ver qué ocurre en el Ámbito Penal:

En el procedimiento Penal, de conformidad con lo dispuesto en el art. 184.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el art. 201 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, todos los días del año y todas las horas serán hábiles para la instrucción de las causas criminales, sin necesidad de habilitación especial.

Por lo tanto, el mes de agosto es hábil para todas las actuaciones judiciales que se encuentren en dicho estado de instrucción (investigación y preparación para determinar si existe delito), y , para en su caso, interponer y resolver recursos relativos a dicha fase.

Desde la entrada en vigor de la normativa de los juicios rápidos, durante el mes de agosto se celebrarán vistas de dichos procedimientos ante los juzgados de lo Penal de la Comunidad de Madrid, y con carácter general ante los Juzgados de lo Penal del resto de comunidades. La habilitación del mes de agosto a efectos de señalamiento de juicios rápidos ha sido confirmada por la STS, Sala 3º, de 12 de mayo de 2006.

Tengan en cuenta estos matices y coméntenlos con su abogado. En cualquier caso, no duden en contactar o comentar en este blog para más información al respecto. Aquí no cerramos en agosto...

Agosto... civil


PUEDO HACER ALGO EN AGOSTO??? MATERIA CIVIL

Es posible que su abogado le informe de la paralización de los juzgados durante el mes de agosto. Es cierto que todo se ralentiza y que habrá trámites que usted no podrá realizar hasta el 1 de septiembre, sin embargo, los juzgados no cierran, y dependiendo de la materia y la urgencia del trámite que se pretende, agosto será un mes más en el que poder ejercitar sus derechos.

El colegio de abogados de Madrid, y en concreto, el Decano de los Juzgados de Madrid, en su acuerdo gubernativo 1143/2009, de 22 de junio, ha elaborado un resumen en el que señala expresamente qué actuaciones podrán ejercitarse durante este mes de agosto, y que podrá servir de guía para los juzgados de todo el país. Y todo ello, sin olvidar que en cualquier caso, el Juzgado podrá llevar a cabo actuaciones que considere urgentes.



Veamos las actuaciones posibles en el Ámbito Civil:


“En virtud de lo dispuesto en el artículo 183 de la Ley Orgánica del Poder Judicial en relación con el artículo 131 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, durante el mes de agosto sólo se admitirá la presentación de aquellas demandas, escritos y exhortos civiles respecto de las cuales la ley establezca que pueda practicarse alguna actuación judicial y aquellas otras en las que mediante OTROSÍ se relacione claramente las causas que hacen urgente su presentación.

Demandas que se pueden presentar:
- Expedientes de Jurisdicción Voluntaria.
- Demandas de oposición a resoluciones administrativas en materia de protección de menores.
- Juicios verbales posesorios.
- Impugnación de acuerdos sociales.
- Solicitud de internamiento involuntario.
- Medidas previas y cautelares del Código Civil en procedimientos de familia.
- Demandas de separación o divorcio con medidas.
- Demandas de ejecución de régimen de visitas.
- Diligencias preliminares, medidas cautelares y prueba anticipada.
- Retracto.


Escritos y exhortos que se pueden presentar:
- Régimen de visitas en procedimientos de familia.
- Jurisdicción voluntaria.
- Medidas cautelares.
- Prueba anticipada.
- Juicio posesorio.
- Internamientos involuntarios."



Si necesitan realizar cualquiera de las gestiones señaladas, póngalo en conocimiento de su abogado, ya que será posible su presentación en el mes de agosto. No permita que le venzan plazos fundamentales para la defensa de sus intereses, y por supuesto, contacten o comenten en este blog, con cualquier consulta. Aquí no cerramos en agosto...